Este ha sido el resultado final del proceso
que al amparo del Art. 41 del actual Estatuto iniciaba la empresa Carrefour y
que ha contado para ello con la ladina ayuda de los paraempresarios de Fetico.
Con nocturnidad y alevosía, como hicieron en la Navidad del 2009 firman un
acuerdo blindado, a vista de la próxima expiración del Convenio Colectivo, para
proteger los intereses patronales,
desregularizando las jornadas, turnos y ritmos de trabajo como si los
trabajadores fuésemos un disco duro, que se puede programar y desprogramar al
antojo de su dueño. Hay que adaptarse a los tiempos: ya no somos esclavos de
las máquinas ahora somos las máquinas.
Dirán que la crisis y su sentido de la
responsabilidad les han obligado a
firmar lo menos malo. Si supieran lo que es la responsabilidad la
ejercerían en beneficio de los
trabajadores, que son las únicas víctimas reales de los cruentos momentos que
vivimos. ¿Nobleza obliga y sabiendo que gracias a Rajoy la empresa con o sin
acuerdo pueden aplicar las rebajas de nuestros derechos, qué necesidad tenían
de apoyar a la empresa? La de ser un florero que apunte estética-entiéndase
cobertura de legalidad y moralidad-a cambio de mantener su estatus de sindicato
mayoritario para garantizar los intereses
patronales?
Hay maneras y maneras de plantar cara a la crisis,
y desde luego poner al servicio del trabajo a los trabajadores sin respetar la
calidad del trabajo no conduce nada más
que a la bajada del rendimiento. Cualquier manual de RRHH habla de que un
trabajador motivado, es un trabajador productivo.
Pues bien por mucha implicación y voluntad
que tengan las personas para empujar del carro el cuerpo puede decir que NO
tira,- también lo dice el manual de la ergonomía-.Ya veremos como termina esta situación
inaguantable que ya venimos sufriendo desde el acuerdo del 2009.
La
UGT en el ejercicio de su responsabilidad no puede dar su apoyo a un acuerdo que
fomenta la precarización del trabajo y la rebaja de las condiciones laborales.
1. LA INAPLICACIÓN DEL
DESCANSO SEMANAL EN SÁBADO RECOGIDA EN EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 32.10
DEL CONVENIO COLECTIVO DE GRANDES ALMACENES PARA LOS TRABAJADORES QUE PRESTAN
SERVICIOS MENOS DE SEIS DIAS A LA
SEMANA NO PODEMOS RENUNCIAR LO QUE HEMOS GANADO POR SENTENCIA
2. la paralización de todos los acuerdos
existentes mientras dure la
VIGENCIA DEL ACUERDO.
“Durante
el tiempo de vigencia del presente acuerdo, no serán de aplicación los
distintos acuerdos entre la dirección de la empresa y el comité intercentros
que se vean afectados por el mismo”
3. la interpretación de la LA MOVILIDAD
FUNCIONAL Y POLIVALENCIA, porque es
un cheque en blanco a la arbitrariedad, o hablamos de los que siempre la
padecen a criterio del jefe, sin criterio ni orden.
4. LAS MEDIDAS DE REORGANIZACIÓN DE PLANTILLA
Y ADECUACIÓN A LAS NECESIDADES porque no tienen en cuenta el bienestar físico y
mental de los trabajadores : Extracción y redistribución de horas, deslizamientos, y establecimiento de
turnos partidos, cambios en los turnos, mañana a rotativo mañana/tarde en sus
distintas variantes, rotativo mañana/tarde a tarde, mañana a tarde, cambios de
centro dentro de la misma localidad o localidades limítrofes, para asegurar la
adecuación de la plantilla, y cobertura adecuada de la prestación laboral en un
radio de 40 km
de ida y 40km de vuelta, es decir 80
km.
5. LAS REGLAS DE DETERMINACIÓN DE
TURNOS Y HORARIOS... La jornada
mínima de trabajo efectivo diaria será de 3 horas y la máxima de 9 horas, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 34.3 del ET
Las referencias horarias como límite en la aplicación de
modificaciones para jornadas continuadas, en una jornada normal de trabajo
quedan excluidas en caso de que la medida fuera de ampliación de número de
horas de trabajo en un día, con o sin deslizamiento de horario continuado, no
se aplicará a la ampliación de horas los límites de las referencias horarias de
los turnos continuados...Ya sabemos como se aplicó con el anterior
acuerdo….cajeras que han visto transformado su horario de mañana finalizando el
mismo a las 18 ó 19 horas partiendo de uno de 16 ó 17 h.
6. SISTEMA DE DESCANSO SEMANAL. Quita los fines de semana largos y deja
los criterios del anterior acuerdo en vigor, esto es nos limitan más y no
olvidemos que hasta la fecha ha sido incumplido totalmente por la empresa. El
modelo 6-6-6-5 no se ha aplicado casi nunca, o acaso olvidan que en un mes has
llegado a poner hasta 3 descansos semanales o han dejado transcurrir dos días
desde el fin de vacaciones para poner otro, cuando no te lo cambian .
Sin
embargo para el cambio de turno en lunes o sábado siguen a rajatabla el
6-6-6-5, aunque de tapadillo no se aplica porque no es eficaz para la gestión
de la tienda en varios hipermercados.
7. DESCANSOS COMPENSATORIOS DE
DOMINGOS/FESTIVOS TRABAJADOS. Modifican la ley del comercio y no adaptan las circunstancias a la misma,
salvo en lo de ampliar el número de festivos a descansar, sin garantizar un
descanso más amplio y de calidad correlativo al plus de esfuerzo que se impone
a los trabajadores.
8. DISTRIBUCIÓN
DE LA JORNADA ANUAL
Aplaudimos volver al año natural
–de enero a diciembre- pero veremos que implica de cara a la desregularización
de jornada que nos van a meter, para cuadra la ejecución de la misma, máximo
cuando saltándose el Convenio no van a entregar el calendario completo, sino a
trozos-cosa que ya hemos tenido que denunciar- se entregarán de forma parcial en la fecha
que procediera para su efectividad, recogiéndose posteriormente en el
calendario definitivo.
9.
La programación de los calendarios de vacaciones se
realizará de forma que se asegure la cobertura de las necesidades de atención a
los clientes y de periodos y momentos de mayor venta, sin necesidad de acudir a
nuevas contrataciones para ello, sin perjuicio de lo dispuesto en convenio.
! Qué cinismo ¡si este año han impuesto hasta
las de invierno faltando al Convenio, por no hablar de los nuevos turnos de
verano….
En los tres primeros meses el acuerdo puede
sufrir modificaciones, quizás no han quedado satisfechos con su voracidad hacia
los derechos de los trabajadores y trabajadoras.
El 19 de julio de 2012 se recordara en
Carrefour por el día en el que los/as trabajadoras/es perdieron su derecho a
conciliar la vida laboral y familiar. Y tal vez el punto de partida de la
desintegración del montaje paraempresarial que sustenta a Fetico.
Lamentablemente ayer se negaron en darnos
copia del acuerdo firmado, con la excusa que ya lo mandarían, ¿a que tienen
miedo?, UGT evidentemente no hemos firmado ni el acuerdo ni el acta de la
reunión de ayer ya que en la misma dicen textualmente que se adjunta el acuerdo
al acta cosa que no fue así.
Una vez tengamos el texto final del acuerdo
firmado lo analizaremos en profundidad y os informaremos con mas detalle sobre
sus contenidos.